Licitación para adquisición de cámaras de video inalámbricas, incluyendo bodycams. Las ofertas se presentan electrónicamente en www. ***. *. * hasta el 10 de julio de 2026 a las 11:00. La presentación de muestras es obligatoria y excluyente. Las propuestas técnicas y económicas son requisitos excluyentes no subsanables. Las ofertas son válidas por 30 días hábiles. El pago se realiza mediante transferencia electrónica en 60 días para modalidad plaza, y mediante carta de crédito para modalidad CIF/CIP. Se requiere inscripción en el RUPE y estado activo para la adjudicación. Se aplicarán regímenes de preferencia a la industria nacional y MIPYMES. La entrega para modalidad plaza es en el depósito TIC en Montevideo dentro de los 90 días corridos desde la orden de compra.
La entrega de los artículos será dentro de los 90 días corridos desde la emisión de la orden de compra para modalidad plaza o apertura de la carta de crédito para modalidad CIF o CIP.
Para modalidad plaza, el pago es en la moneda ofertada, 60 días mediante transferencia electrónica. Para modalidad CIF o CIP, el 90% se cancela al presentar la documentación y el 10% restante luego de la entrega total de la mercadería.
Se requiere garantía de fiel cumplimiento de contrato del 5% del monto adjudicado, constituida mediante póliza de seguro de fianza o fianza bancaria. Los adjudicatarios pueden optar por no presentar garantía, sancionándose el incumplimiento con una multa del 10%.
Las ofertas se evaluarán formal, técnica y económicamente, considerando criterios de ponderación establecidos en el anexo III. Se adjudicará a las ofertas más convenientes.
El oferente deberá estar registrado en el Registro Único de Proveedores del Estado (RUPE) con estado activo para la adjudicación.
La falta de cumplimiento o demora generará una multa de 200 por mil por cada día de retraso, calculada sobre el monto de la adquisición no cumplida. Excedido 30 días, la administración podrá revocar la adjudicación.
Los oferentes deberán presentar obligatoriamente una muestra de los productos cotizados en sobrecaja cerrada, siendo este un requisito excluyente no subsanable.
Serán desestimadas las propuestas que contengan cláusulas abusivas o violen la obligación de actuar de buena fe. La ausencia de información requerida también puede ser motivo de descalificación.